FUNDACIÓN OBSERVATORIO PANAMEÑO DE RIESGOS AMBIENTALES (OPRA)
1.- LA ADAPTACIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA ONU
Esta perspectiva se orienta hacia una serie de medidas y acciones tanto globales como nacionales en busca de resiliencias para disminuir los riesgos imputables al cambio climático.
Esta gestión se suma a las directrices que entrega la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, que entre otros aspectos incluye:
- Los objetivos globales de Adaptación que se desprenden del Acuerdo de París.
- La elaboración de planes nacionales en materia de Adaptación.
- Consideración de los ecosistemas como sustrato natural para las acciones de adaptación.
- Generación de fuentes de financiamiento para las gestiones de adaptación.
- El gran marco de referencia global parte del ODS 13 (Objetivo del Desarrollo Sostenible como guía para la orientación de planes y programas públicos y privados en materia de adaptación.
- PANAMÁ: COMPONENTES RELEVANTES DE SU GESTIÓN PARA LA ADAPTACIÓN-.
- Estos componentes se insertan en la Política Nacional de Cambio Climático al 2050.
1.-Ley Marco. El Decreto Ejecutivo No. 135 del 30 de abril de 2021 reglamenta el Capítulo I del Título V de la Ley 41 General de Ambiente de Panamá establece las directrices nacionales para fomentar la capacidad de adaptación frente al cambio climático y crea el Sistema Nacional de Datos de Adaptación al Cambio Climático (SNDACC) como plataforma de información estratégica para monitorear riesgos y vulnerabilidades a nivel nacional. La Ley crea además el Fondo de Adaptación al Cambio Climático (FONACC).
2.-PLAN NACIONAL DE ADAPTACIÓN (PNA)
Este plan busca reducir la vulnerabilidad del país frente al cambio climático. Se enfoca en cinco áreas estratégicas:
1– Recursos hídricos.
2.-agricultura y seguridad alimentaria, infraestructura y salud.
- 3.-Atlas de Riesgo Climático:
4.- Planes Sectoriales: Contemplan ejes específicos para el sector agrícola (MIDA), salud e infraestructuras, además de un plan especializado para el sector marino-costero.
5.-Reubicación de comunidades
En el año 2024 se ordenó la reubicación de 300 familias de la comunidad isleña de Gardí Sugdup (en Guna Yala) al complejo habitacional de ISBERYALA en tierra firme debido al aumento del nivel del mar. Este traslado constituye el primero realizado en el continente americano por razones climáticas.
3.-APRECIACIONES DE OPRA
Las leyes marco que regulan la gestión estatal en materia de Mitigación y Adaptación al Cambio climático: Decreto Ejecutivo 135 de 30 de abril de 2021 para la Adaptación y el decreto Ejecutivo N.º 100 de 20 de octubre de 2020 para Mitigación combinadas con la gestión de la entidad rectora en materia ambiental en Panamá constituyen el marco de referencia para el monitoreo de las políticas, programas y acciones en ambas esferas ambientales. Mitigación (reducir los efectos) y Adaptación (enfrentar los efectos) son espacios operativos que como se debe entender, requieren de evaluaciones permanentes, retroalimentación y medición de impactos. Estamos seguros que esta labor se viene realizando de manera responsable por lo cual organismos como Fundación OPRA así como las diferentes organizaciones ambientales deben ponerse al servicio de dichas políticas, programas y acciones en el contexto de la promoción de una cultura de resiliencia y desarrollo sostenible.
